Bonificación a la formación. FUNDAE

¿Qué son las bonificaciones a la formación a través de FUNDAE?

Las empresas privadas que cotizan a la Seguridad Social disponen de una ayuda para reducir el coste de la formación, del cual se pueden beneficiar los trabajadores que realizan cursos dirigidos a la mejora de las competencias profesionales.

La empresa tiene que abonar la matrícula del curso, puesto que es quien obtendrá la bonificación (reducción de la cuota) en el total a cotizar a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

La cantidad exacta bonificable varía en función del total de trabajadores de la empresa (que determina la cuota y la cofinanciación), del coste de la formación, que a la vez depende de variables como la tipología de impartición de las clases: presenciales, en línea o mixta; la duración del curso; o el coste de organización, entre otros aspectos.

¿Qué tipos de cursos son bonificables?

Todos los cursos que organiza la Fundación URV son susceptibles de bonificación, incluidos los títulos propios de posgrado.

Además, los títulos propios de posgrado de la URV tienen la peculiaridad de que se pueden bonificar a través de la cuota o como un permiso individual de formación (PIF).

¿Qué son los Permisos Individuales de Formación?

En el permiso individual de formación (PIF) la empresa autoriza al trabajador a realizar un curso reglado reconocido con una acreditación oficial, por ejemplo los títulos universitarios y los títulos propios de posgrado, entre otros tipos de estudios.

Las bonificaciones se realizan en base a un crédito adicional al de la cuota habitual de la que dispone la empresa para los cursos.

Con el PIF se bonifica el coste por hora salarial del trabajador en base a un máximo de horas anuales. Es requisito indispensable que parte de la formación se realice dentro de la jornada laboral del trabajador y que así se pueda acreditar.

¿Quién puede bonificar la matrícula de un curso a través de FUNDAE?

Los trabajadores contratados por cuenta ajena.

No pueden bonificar la matrícula:

Los trabajadores autónomos, pero pueden desgravar la factura nominal de su matrícula en la declaración del impuesto del IRPF.

Los trabajadores de las administraciones públicas, porque tienen una vía específica de ayudas a la formación restringidas para ellos, que se tramita desde el Departamento de Recursos Humanos de cada organismo público.

¿Qué hay que hacer para que la empresa obtenga la bonificación?

El paso previo es la negociación individual entre el trabajador y la empresa, informando de la posibilidad del beneficio mutuo. La empresa pagará la matrícula (íntegra o una parte), pero podrá recuperar gran parte del coste invertido reduciendo la cotización a la Seguridad Social una vez acabado el curso. A cambio, la empresa tendrá un trabajador más cualificado y competente para hacer frente a las necesidades del mercado, abrir nuevas líneas de producto, innovar en la gestión, diseñar planes estratégicos, etc.

La empresa puede gestionar la bonificación, directamente con FUNDAE, si está dada de alta.

El Centro de Formación Permanente ofrece el servicio de gestión de la bonificación. Para solicitarlo, es necesario rellenar este formulario y enviarlo a la dirección de correo electrónico bonificacio(ELIMINAR)@fundacio.urv.cat

El personal de CFP os contestará facilitando información sobre el coste de la matrícula bonificable, y sobre las obligaciones y documentos que tiene que facilitar la empresa, así como sobre el procedimiento detallado de la bonificación, y las opciones que os ofrece cada vía en función de los datos de cotización de la empresa.

Para más información consulta la página web de FUNDAE o dirígete directamente al Centro de Formación Permanente, a través de la dirección de correo electrónico bonificacio(ELIMINAR)@fundacio.urv.cat o al teléfono 977 779 950.

  • Más información

Para poder gestionar la bonificación hay que enviar el formulario de solicitud, debidamente cumplimentado, 15 días antes de la fecha de inicio del curso.