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Cambios en las tipologías, modalidades y prácticas de los títulos propios de posgrado

De acuerdo con el Real decreto 822/2021 de 28 de septiembre, "por lo que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad", se regula por primera vez la formación permanente desarrollada por las universidades que ordena este importante espacio educativo en el que las universidades demuestran su compromiso social, dejando un amplio margen a la flexibilidad, pero homogeneizando mínimamente la estructura de esta formación e introduciendo la cultura de la evaluación de la calidad en estos títulos.

Con la aplicación de este nuevo Real decreto 822/2001 se modifica la normativa de formación permanente de la URV:

 

Antigua normativa de formación permanente

Nueva normativa de formación permanente

 

Máster

Máster de formación permanente

Duración

Entre 60 y 120 ECTS

De 60, 90 o 120 ECTS

Tiempo

Se imparten en 1 o 2 años académicos

Se imparten en 1, 2 o 3 años académicos

Título al que da derecho

Título propio de máster por la URV

Título propio de máster de formación permanente por la URV

  Diploma de posgrado

Diploma de especialización

Duración

Mínimo de 30 ECTS

Entre 30 y 59 ECTS

Título al que da derecho

Título propio de diploma de postgrado por la URV

Título propio de diploma de especialización por la URV

  - Diploma de experto
Duración -

Entre 15 y 29 ECTS

Título al que da derecho -

Título propio de diploma de experto por la URV

  -

Microcredenciales

Duración -

Menos de 15 ECTS

Título al que da derecho - Reconocimiento académico

 

Antigua normativa de formación permanente

Nueva normativa de formación permanente

Modalidad

Presencial, semipresencial u online

Presencial, híbrida o virtual


 

Antigua normativa de formación permanente

Nueva normativa de formación permanente

 

Máster y diploma de posgrado

Máster de formación permanente y diploma de especialización

Trabajo final y prácticas

Tienen que prever la realización de trabajos originales y/o prácticas

Tienen que prever la realización de trabajos originales y/o prácticas

La suma de prácticas y trabajo ≤ 50% de los créditos totales

La suma de prácticas y trabajo ≤ 50% de los créditos totales

- Las prácticas ≤ 1/3 de los créditos totales
Las horas totales de estancia del alumno en la empresa ≤ 750 horas en másteres y 375 horas en diplomas de posgrado Las horas totales de estancia del alumno en la empresa ≤ 500 horas en másteres de 60 ECTS y 250 horas en diplomas de especialización. Proporcional por otras duraciones